Pongamos un ejemplo: Tu tía Irene, que vive en una Residencia en Oviedo, falleció el pasado mes de abril. Te comentó recientemente que te dejaría la que siempre había sido su casa en Candás. Pero ya ha pasado un mes y no sabes qué hacer, porque ni siquiera sabes con seguridad si tu tía finalmente hizo o no testamento. El primer paso por tanto para iniciar la reclamación de su posible herencia en Asturias, es solicitar en el Registro Civil el certificado de defunción y después pedir el Certificado de Ultimas Voluntades (que actualmente se puede sacar incluso online) que te dirá si hizo testamento y dónde se encuentra el último que hizo antes de morir. Para solicitar el certificado de Ultimas Voluntades debes esperar quince dias desde el fallecimiento. Una vez que compruebes que hizo testamento, debes acudir a la notaría a solicitarlo -como posible heredera-. Si se acredita que te encuentras entre los herederos o legatarios te entregarán en pocos dias una copia del testamento.

Reúne toda la documentación necesaria
Para iniciar cualquier trámite legal que te dé derecho a recibir tu herencia en Asturias necesitas tener al menos los siguientes documentos: Una copia del último testamento. Certificado de últimas Voluntades. El DNI de la fallecida, y el certificado de nacimiento de la fallecida.
Actualmente, como te he comentado, tanto el Certificado de ultimas voluntades como el certificado de nacimiento se pueden solicitar tanto presencialmente como online. Para la obtención del Certificado de ultimas Voluntades se ha de abonar una pequeña tasa. En Asturias el Certificado de Actos de ultima Voluntad solo se puede solicitar presencialmente en las Oficinas de la Gerencia del Ministerio de Justicia que se encuentran en la calle Asturias de Oviedo. El Certificado se entrega en el momento de hacer la petición (se requiere cita previa). Una vez dispongas de esos documentos puedes seguir adelante con tus trámites.
Plazos legales para reclamar tu herencia
Aquí viene una de las partes que más preocupa cuando nos consultan cómo reclamar la herencia en Asturias: ¡los plazos! Pues, puedes estar tranquilo porque puedes tardar lo que necesites en reclamar tu herencia, pero ¡cuidado con los impuestos!
Cuando heredamos un bien de otra persona tenemos que liquidar dos impuestos: el Impuesto de Sucesiones y el IIVTNU (que popularmente seguimos llamándo la Plusvalía Municipal).
El plazo que tenemos para liquidar los impuestos es de seis meses desde el fallecimiento. Si te retrasas tendrás que pagar recargos e intereses. La liquidación del Impuesto de Sucesiones y de la Plusvalía Municipal pueden hacerse tanto presencialmente como online, pero es necesario utilizar unos impresos y programas habilitados por la Administración competente (que es la autonómica). Si no estamos familiarizados con estas aplicaciones mi recomendación es que acudas a un profesional. Aquí te facilito el acceso a la aplicación de los Servicios Tributarios para presentar el Impuesto de Sucesiones.
Y ¿qué sucede si no puedo pagar los impuestos? Si tienes que pagar y no lo haces no puedes reclamar tu herencia. Pero, si no tienes dinero suficiente para pagar, la Administración te puede conceder un aplazamiento del pago. Pero, atención, tienes que pedirlo en los cinco meses siguientes al fallecimiento. El aplazamiento del pago conlleva pagar también unos intereses pero puede ser la única forma de poder seguir adelante con la reclamación de tu herencia y poder quedarte con esos bienes que te han dejado en herencia (ya sea una casa, una finca o lo que sea). Te en cuenta que en ocasiones los impuestos pueden ser elevados.
En resumen: Conociendo los pasos que debes dar, el camino para poder reclamar tu herencia y recibirla es más sencillo.
¡No olvides!:
- Confirma tu derecho a heredar.
- Averigua si hay testamento.
- Reúne la documentación.
- Atento a los plazos fiscales.
- Busca ayuda profesional, si lo necesitas.
Si quieres que te ayudemos a reclamar tu herencia en Asturias, puedes solicitar AQUÍ una primera consulta gratuita y te daremos un informe personalizado sobre tu caso. Luego, tú decides.
SOLICITA AQUÍ tu consulta.

Maria José Garcia Vallaure Rivas
Abogada y Mediadora